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Bases 31/10/2017

publicado 30 octubre, 2017

Objeto y requisitos de participación

La organización de las acciones promocionales relativas al Concurso:

¡Buenos días tomateros! Tenemos para sortear 5 lotes compuestos cada uno por 3 bricks de tomate frito Starlux. Entre todos los que nos digáis cuál de los tres platos de pasta de nuestra imagen os comeríais hoy.
Válido desde el 31/10/2017 a las 10.00 am hasta el 2/11/2017 a las 10.30 am

Está promovida por la mercantil GRUPO YBARRA ALIMENTACIÓN, S.L. (en adelante YBARRA), sociedad de nacionalidad española, domiciliada en Dos Hermanas (Sevilla), Carretera Isla Menor, Km. 1.8, C.P. 41703, constituida por tiempo indefinido, inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla al Tomo 4.632, Folio 140, Hoja SE-72881, y con C.I.F. número B-91616227 (en lo sucesivo, podrá ser identificada como “LA ORGANIZADORA”).

El objetivo de esta promoción es hacer un sorteo entre los fans de STARLUX en Facebook, quienes a través del FACEBOOK de STARLUX, optarán al sorteo de 5 lotes compuestos cada uno por 3 bricks de 390 de tomate frito Starlux.

Grupo Ybarra en representación de Starlux llevará a cabo un sorteo con fines promocionales dirigido a personas con residencia legal en España, mayor de 18 años, que esté dado de alta en Facebook. No podrá entregarse más de un premio por persona física ni domicilio.

Todos los participantes en el concurso, por el mero hecho de la participación, aceptan las bases de esta promoción, las normas que rigen su participación y los términos, condiciones y la política de privacidad y protección de datos expuestos.

No podrán participar en el concurso personas vinculadas laboral o profesionalmente con LA ORGANIZADORA ni aquellas personas que hayan participado directa o indirectamente en la elaboración de la promoción, así como sus familiares hasta primer grado.

Ámbito de aplicación.

El Concurso está abierto a personas físicas con residencia legal en España, mayores de dieciocho (18) años en el momento de la participación. Dicha participación constituye la aceptación plena e incondicional del participante de las presentes Bases, siendo las decisiones LA ORGANIZADORA en todos los aspectos relativos al Concurso definitivas y vinculantes. La obtención de un premio depende del cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el presente documento.

El Concurso comienza el día 31/10/2017 a las 10.00 a.m. y termina el día 2/11/2017 a las 10.00 a.m. horas CET (el “Plazo del Concurso”) El ordenador del Departamento de Marketing y Proyectos de LA ORGANIZADORA será el cronómetro oficial del Concurso.

Mecánica del sorteo y Forma de Participación.

Entrarán en sorteo todas aquellas personas que habiendo visitado la página de Facebook de Starlux https://www.facebook.com/starluxalimentacion/?fref=ts posteriormente dejen un comentario sobre la actualización/foto/vídeo que publicará STARLUX el día 31 de octubre de 2017 a las 10:00 horas en el muro de su página de Facebook y que indique expresamente que se trata de un sorteo. Los participantes sólo pueden ganar 1 premio y sólo se entregará un premio por domicilio. Para participar en el sorteo los participantes deben dejar una respuesta en una dinamización/fotografía que LA ORGANIZADORA realizará en el muro. No se tendrán en cuenta aquellos participantes que dejen comentarios fuera de esta fotografía o lo envíen por correo a través del contacto de Facebook. Asimismo, LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a eliminar todos aquellos comentarios DEL MURO DE LA PÁGINA que contengan palabras o imágenes malsonantes u ofensivas hacia la marca, producto o persona. Dichos usuarios quedarán también eliminados del sorteo de la promoción. Queda prohibido el uso de sistemas automáticos de participaciones, dando lugar, en su caso a la descalificación. En caso de conflicto con respecto a una inscripción, será considerado como participante el titular autorizado de la cuenta de Facebook de la dirección de correo electrónico utilizada para participar. El titular autorizado de la cuenta es la persona física a la que un proveedor de acceso a internet, un proveedor de servicios online y otra organización responsable de asignar direcciones de correo electrónico para el dominio asociado con la dirección comunicada, le asigna una dirección de correo electrónico. Se podrá pedir a cada uno de los ganadores posibles que aporte pruebas de ser titular autorizado de una cuenta.

Determinación de los ganadores: Terminado el periodo promocional, LA ORGANIZADORA, realizará un sorteo a través de la Aplicación EASY PROMOS con el listado de participantes. El sorteo se realiza a través de la APP de la plataforma y mediante un sistema aleatorio. Se determinarán los 5 adjudicatarios / premiados del concurso y 5 suplentes que se utilizarán exclusivamente en caso de que uno de los participantes no cumpliese con los requisitos de participación, entre todos los comentarios a la publicación.

Premios y reglas específicas

Los premios a otorgar son 5 lotes compuestos cada uno por 3 bricks de 390 de tomate frito Starlux. Un lote para cada ganador.

Comunicación de los ganadores.

Se comunicarán los ganadores a través de una publicación en Facebook, durante los cinco días (5) días siguientes al sorteo y a través del blog www.cocinaconstarlux.es propiedad de LA ORGANIZADORA. Con el objeto de proteger su privacidad los ganadores se enunciarán mediante el nombre que hayan utilizado en el muro para dejar su comentario. Una vez nombrados tendrán que enviar un mensaje privado a la página de Facebook de LA ORGANIZADORA dejando todos sus datos para el envío. Si uno de los ganadores no contestase en los cinco (15) días naturales siguientes a la publicación de los ganadores en el muro, su premio quedaría desierto.

Reconocimientos, autorizaciones y cesiones de derechos.

Los ganadores y los participantes en esta promoción autorizan expresamente a GRUPO YBARRA ALIMENTACIÓN, S.L., a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos, imagen y cualquier otra información facilitada en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta promoción, todo ello en cualquier medio, incluido internet, colgar fotos de los ganadores en la web, sin que dichas actividades les confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado conforme a estas bases.

El participante cede a GRUPO YBARRA ALIMENTACIÓN, S.L.. sin limitación alguna, la totalidad de los derechos e imagen que en su caso le pudieran corresponder por su participación y aportación en el concurso, y especialmente, los derechos de explotación (reproducción, distribución, comunicación pública y transformación). La cesión de los citados derechos se realiza, en cualquier modalidad, y durante el plazo legal de duración de dichos derechos y para el ámbito mundial, facultando su explotación en cualquier modalidad, soporte, formato, y a través de cualquier procedimiento técnico.

A efectos de lo dispuesto en la legislación vigente, el participante concede a GRUPO YBARRA ALIMENTACIÓN, S.L. autorización expresa para utilizar, de acuerdo con los usos habituales en Internet, los datos, fotografías, imágenes y demás obras, facilitados, así como, en general, cualquier otra información relativa a ésta que se pueda considerar conveniente o necesaria para la realización o explotación comercial.

En todo caso, la cesión de los derechos anteriormente indicados será a título gratuito.

Responsabilidad.

GRUPO YBARRA ALIMENTACIÓN, S.L. no adquiere ningún deber ni obligación contractual con los participantes y se reserva el derecho de anular o eliminar cualquier contenido sin necesidad del consentimiento del participante y excluye cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de errores en la llegada de los comentarios, por deficiencias del Servicio de Internet. Asimismo, GRUPO YBARRA ALIMENTACIÓN, S.L. se reserva el derecho de descartar las participaciones que detecte fraudulentas o inapropiadas conforme a las presentes BASES.

GRUPO YBARRA ALIMENTACIÓN, S.L. no será responsable de ningún otro daño de acuerdo con las Condiciones Establecidas, incluidas las que no han sido expresamente mencionadas.

Tras la recepción del premio, el ganador acepta exonerar y mantener indemne a La ORGANIZADORA y a sus correspondientes sucursales, filiales, proveedores, distribuidores, agencias de publicidad/promoción y proveedores de premios, así como sus respectivas matrices y los delegados, administradores, empleados y agentes de dichas compañías (conjuntamente las “Partes Exoneradas”) frente a cualquier reclamación o demanda derivada de la participación en el Concurso o recepción o uso indebido de cualquier premio, en la medida admitida por las leyes aplicables. En ningún caso afectará la presente exoneración a sus derechos irrenunciables.

Excepto en casos en los que esté prohibido, la participación en el Concurso constituye el consentimiento del ganador a que LA ORGANIZADORA y sus agentes utilicen datos del ganador; tales como el nombre, apellidos, gustos, fotografía, voz, opciones y/o correo electrónico y dirección postal, para fines promociónales en cualquier medio, a nivel mundial, durante un año, sin que exista pago o contraprestación algunos.

LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de cancelar, suspender y/o modificar el Concurso, en todo o en parte, en caso de fraude, fallos técnicos, o de que cualquier otro factor más allá del control razonable del Sponsor impida la integridad o el funcionamiento adecuado del Concurso, a juicio del Sponsor. LA ORGANIZADORA se reserva asimismo el derecho unilateral de descalificar a cualquier persona que manipule, a su entender, el proceso de participación o el funcionamiento del Concurso o actúe en violación de las presentes Bases o cualquier otra promoción o de manera perjudicial o antideportiva. Cualquier intento de impedir de manera deliberada el funcionamiento legítimo del Concurso podrá significar una violación del derecho penal y civil, y en caso de que dicha vulneración tuviera lugar, LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de reclamación de daños por parte de cualquier persona en la medida permitida por la ley. El que LA ORGANIZADORA incumpla con alguno de los términos de las presentes Bases, no conllevará la renuncia a dicha disposición.

LA ORGANIZADORA no se hace responsable de cualquier anormalidad en la operatividad del perfil de STARLUX en Facebook que por causas técnicas, o de otra naturaleza, ajenas a LA ORGANIZADORA, pudieran interrumpir, suspender o impedir el desarrollo y/o participación en la presente Promoción.

LA ORGANIZADORA no se hace responsable de posibles pérdidas ocasionadas durante el envío postal del premio a los participantes ganadores.

El presente sorteo promocional no está patrocinado, avalado, administrado ni asociado en modo alguno a Facebook. En consecuencia, los participantes exoneran a Facebook de toda responsabilidad.

En la mayor medida posible admitida por ley y sin afectar de manera negativa a ninguno de los derechos irrenunciables, GRUPO YBARRA ALIMENTACIÓN, S.L. no se hará responsables de: (1) información incorrecta o imprecisa, ya sea causada por los participantes, errores de impresión o por cualquiera de los programas u equipos asociados a o utilizados en el Concurso; (2) fallos técnicos de cualquier tipo, incluidos, a modo enunciativo que no limitativo, funcionamiento inadecuado, interrupciones, desconexiones en líneas telefónicas y hardware o software de red; (3) intervención humana no autorizada en cualquier momento a lo largo de la partición o el Concurso; (4) errores técnicos o humanos que pudieran darse en la gestión del Concurso o tratamiento de los participantes; (5) cualquier envío que sea recibido tarde, se pierda, se estropee o sea robado; o (6) cualquier daño a personas o bienes que pudiera ser causado, directa o indirectamente, en todo o en parte, por la participación de candidatos en el Concurso o la recepción del premio o el uso debido o indebido del mismo. Si, por cualquier motivo, se confirma que una solicitud de un participante ha sido eliminada por error, perdida o destruida de cualquier otro modo o deviniera corrupta, la única solución para el participante es la de solicitar nuevamente la participación en el Concurso, con la condición de que, si no fuera posible ofrecerle una nueva participación debido a discontinuidad del Concurso, o de alguna parte de la misma, por cualquier motivo, el Sponsor podrá elegir, a su entera discreción, entre todas las solicitudes recibidas hasta la fecha de discontinuidad de uno o todos los premios ofrecidos en el presente Concurso. No se concederán más premios de los establecidos.

A excepción de los casos en los que esté prohibido, los participantes acuerdan que: (1) cualquier conflicto, reclamación o demanda derivado de o con relación al presente Concurso o a cualquier premio, deberán ser resueltas de manera individual exclusivamente por los Tribunales de Sevilla capital, cualquier reclamación, sentencia o premio deberá limitarse a los gastos de bolsillo reales, además de a los costes incurridos al registrarse en el Concurso, pero, en ningún caso implicará los honorarios de abogados; y (2) bajo ninguna circunstancia podrá el participante obtener pago alguno por gastos distintos a los de bolsillo realmente incurridos y, por medio del presente, renuncia a los derechos de reclamación de daños indirectos, punitivos, incidentales y consecuenciales y cualquier otro daño, así como a los derechos que hubieran aumentado o incrementado de cualquier modo dichos daños. Todos los asuntos y cuestiones relacionadas con la construcción, validez, interpretación y cumplimientos del presente Reglamento, o los derechos y obligaciones del participante y del Sponsor con relación al Concurso se regirán e interpretarán conforme a las leyes de España sin que resulte de aplicación ninguna otra norma sobre conflicto de leyes (ya sean de España o de cualquier otra jurisdicción), que pudiera provocar la aplicación de las leyes de cualquier otra jurisdicción que no sea España.

Fiscalidad.

Los premios de la presente promoción estarán sujetos a la legislación fiscal vigente en cada momento y, concretamente, a lo dispuesto tanto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), como en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo que resulten de aplicación.

Protección de Datos

Los datos de los participantes se tratarán conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de carácter personal (L.O.P.D) y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (R.D.L.O.P.D). En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la LOPD, los datos personales de los participantes serán incluidos en el fichero “SORTEOS Y PROMOCIONES” cuyo responsable y titular es GRUPO YBARRA ALIMENTACIÓN, S.L. con la finalidad de gestionar el desarrollo de la promoción y la entrega de premios.

De igual manera, los datos de los participantes podrán ser utilizados con fines de publicidad o prospección comercial de los productos, servicios y actividades incluidas en comunicaciones electrónicas.

Los participantes autorizan expresamente a GRUPO YBARRA ALIMENTACIÓN, S.L. a informarles de nuevos servicios, promociones y acciones comerciales que esta empresa organice posteriormente, mediante el envío de correos electrónicos, y a comunicar los datos a cualesquiera empresas del grupo al que pertenece. Los derechos de oposición, acceso, rectificación o cancelación de estos datos se podrán ejercerse en todo momento remitiendo solicitud al correo electrónico lopd@grupoybarra.eso a la siguiente dirección: Departamento de Marketing y Proyectos, Carretera Isla Menor, Km. 1.8, C.P. 41703, Dos Hermanas (Sevilla).

Starlux© /Tomator© son marcas registradas por Unilever y licenciadas debidamente a Grupo Ybarra Alimentación, S.L. Todos los derechos reservados.

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